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Contabilidad Gubernamental (Tarea )

Introducción Esta tarea a presentar está basada en diferentes temas uno de ellos es la contabilidad gubernamental, ésta la podemos defi...

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domingo, 17 de julio de 2016

Sistema de contabilidad gubernamental (tarea 4)


Introducción

Este reporte está basado en su gran esencia en la Ley 10-07. Este tema es importante, ya que permite conocer más información sobre una de los pilares en las auditorías a las instituciones del sector público, como lo es la Contraloría General de la República Dominicana. Este tema es importante tomando en cuenta que la Ley No. 10-07 que instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloría General de la República y el Decreto No. 491-07 que aprueba el Reglamento de Aplicación de la Ley No. 10-07.

También se hablara del proceso de auditoria, este procedimiento realizado a través de la Ley No. 10-07 que instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloría General de la República. Y que nos ayuda a saber si dichos fondos del Estados, las instituciones públicas, le están dando un buen uso y no son usados para beneficios propios o de particulares.



















Objetivo General

ü Analizar la estructura y composición de la Ley 10-07 y los aportes a la Auditoría interna y la Contraloría General de la República Dominicana.

Objetivos específicos

ü Definir control interno sobre el sistema de la Contabilidad Gubernamental
ü Resaltar algunas atribuciones del  control interno.
ü Investigar sobre Fundamento legal básico para llevar a cabo una auditoria interna.
ü Identificar los principios y componentes del proceso de control interno que se aplica al sistema de Contabilidad Gubernamental, según la ley 10-07.
ü Explica el proceso de auditoría interna aplicado a la Ley 10-07.






TEMA IV:

Investigación en la Ley 10-07 sobre Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloría General de la República acerca del proceso que se aplica al sistema de control interno de la contabilidad Gubernamental .Redactar síntesis.

La Contraloría General de la República Dominicana, es una dependencia del Poder Ejecutivo de la Presidencia de la República Dominicana, organismo en el año 1929, con la finalidad de ejercer la fiscalización interna y la evaluación del debido recaudo, manejo, uso e inversión de los recursos públicos; autorizamos las órdenes de pago, previa comprobación del cumplimiento de los trámites legales y administrativos, de las instituciones bajo nuestro ámbito, de conformidad con la ley, tal como lo establece el artículo 247 de la Constitución Dominicana.

Algunas funciones que desempeña la contraloría de nuestra republica  son las siguientes:
·        Definir, emitir y desarrollar los principios rectores del Sistema Nacional de Control Interno.
·        Dictar las Normas de Control Interno.
·        Fijar los plazos y condiciones, si fuere el caso, para que las entidades y organismos, bajo el ámbito de esta ley, elaboren las normas secundarias de Control Interno.
·        Efectuar el seguimiento y control de calidad de las labores de Auditoría Interna.
·        Evaluar periódicamente la calidad técnica de los procedimientos y procesos ejecutados por las Unidades de la Auditoría Interna.
·        Realizar investigaciones administrativas.


La Ley No. 10-07 que instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloría General de la República. Y que nos ayuda a saber si dichos fondos del Estados, las instituciones públicas, le están dando un buen uso y no son usados para beneficios propios o de particulares. La presente ley tiene por finalidad instituir el Sistema Nacional de Control Interno, su rectoría y componentes; establecer las atribuciones y facultades de la Contraloría General de la República; regular el control interno de los fondos y recursos públicos y de la gestión pública institucional y su interrelación con la responsabilidad por la función pública, el control externo, el control político y el control social; y, señalar las atribuciones y deberes institucionales en la materia.
El Sistema Nacional de Control de la República Dominicana descansa en la actualidad en dos pilares fundamentales: Control Externo y Control Interno, teniendo el primero como organismo ejecutor a la Cámara de Cuentas y, el segundo, a la Contraloría General de la República. Esta rige para las siguientes entidades:
Ø  El gobierno central: estas deberán Establecer y mantener su propio proceso de control interno, Rendir cuenta a la entidad u organismo público que corresponda de acuerdo a su naturaleza y actividades, Suministrar a la Contraloría General de la República los informes financieros y Proporcionar a la Contraloría General de la República las explicaciones que les solicite y permitirle las inspecciones sobre la participación estatal, recursos, privilegios o vinculación contractual.
Ø
Ø  instituciones descentralizadas,
Ø  instituciones públicas de la seguridad social,
Ø  empresas que tienen participación estatal mayoritaria
Ø  ayuntamientos de municipios y del Distrito Nacional.
 Las entidades financieras, cualquiera sea la participación estatal en su capital y que están bajo la vigilancia de la Superintendencia de Bancos, la rectoría del control interno, la evaluación de su efectividad y demás aspectos de control regulados en esta ley le corresponden a dicha Superintendencia.

La Contraloría General de la República es el órgano rector del Sistema Nacional de Control Interno contemplado en esta ley y a esos fines, las disposiciones, normas, políticas, y directrices que ella dicte dentro del ámbito de su competencia, son de acatamiento obligatorio y prevalecerán sobre cualesquiera otras disposiciones de las entidades y organismos bajo el ámbito de esta ley que se le opongan.
Los órganos del Sistema Nacional de Control
Interno son:
1. La Contraloría General de la República.
2. Las entidades y organismos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta ley.
3. Las Unidades de Auditoría Interna de cada entidad u organismo sujeto al ámbito de esta ley.

La Contraloría General de la República es un organismo del Poder Ejecutivo, rector del control interno. Ejerce la fiscalización interna y evaluación del debido recaudo, manejo, uso e inversión de los recursos públicos por las entidades y organismos bajo el ámbito de esta ley, en función del logro de los objetivos institucionales y de los planes y programas de gobierno y del cumplimiento del mandato constitucional a dicho Poder.

2- Descripción acerca de los pasos a desarrollar para realizar auditoría interna en el Sistema de Contabilidad Gubernamental, amparado en la ley 10-07.
La Auditoría Interna es parte integral del control interno y será practicada por personal profesional interdisciplinario de una unidad técnica especializada e independiente de las operaciones que audita, que se establecerá en cada entidad u organismo bajo el ámbito de esta ley y bajo la responsabilidad de un director de la unidad.
 Para regular el funcionamiento del Sistema Nacional de Control y Auditoría, el órgano superior de control, en lo relativo al control externo, emitirá con carácter obligatorio:

1) Políticas de auditoría externa que sirvan de guía general para las actividades que se realicen en el ámbito de aplicación de esta ley;
2) Normas y guías técnicas de auditoría externa gubernamental que especificarán requisitos generales y personales del auditor, naturaleza, características, amplitud, calidad de los procesos de planificación y ejecución, y la presentación, contenido y trámite de los informes;
3) Reglamentos, manuales, instructivos y demás disposiciones necesarios para la aplicación de esta ley;
4) Normativas para evaluar la calidad de los controles internos institucionales y su grado de aplicación.
El Director de Auditorias Especiales tiene a su cargo realizar una actividad independiente y objetiva de aseguramiento y consulta, que agregue valor y mejore las operaciones de las diferentes instituciones del Estado Dominicano, mediante la evaluación y mejora de los procesos de gestión de riesgos, control y gobernabilidad.
  Para lograr las metas  y objetivos establecidos  por  la institución. Esto incluye:
o   Evaluar el Sistema de Control Interno en sus cinco componentes: Ambiente de  Control, valoración  y Administración  de Riesgos, Actividades de Control, Información y Comunicación y Monitoreo y  Evaluación.
o   Aplicar pruebas sustantivas  para determinar  la confiabilidad e integridad de la información financiera y operacional y las técnicas a  utilizar  para identificar, medir, clasificar y reportar tales informaciones
o   Revisar los sistemas establecidos para asegurar el cumplimiento con las políticas, normas, planes, procedimientos, leyes y regulaciones que podrían tener impacto en operaciones y reportes.
o   Revisar los medios de salvaguardar los activos y  verificar la existencia, ubicación y condiciones de los mismos.
o   Revisar los mecanismos de prevención de pérdidas operacionales, fraudes e irregularidades.
o   Revisar y valorar la economía, eficiencia y eficacia de los recursos  utilizados por la institución para  alcanzar sus metas y objetivos.
o   Revisar y evaluar  las operaciones, actividades y   proyectos para comprobar si los resultados son consistentes o están alineados con los objetivos y metas institucionales.
o   Revisar operaciones específicas a solicitud del Contralor General de la República.
o   Monitorear y evaluar la efectividad del sistema de administración del riesgo de la Institución.
o   Ofrecer asesoría a las diferentes instituciones del Estado Dominicano en cuanto a la eficiencia y eficacia de sus procesos internos.
o   Recomendar mejoras a políticas, normas y procedimientos  del sistema de control interno  como producto de las  evaluaciones  realizadas.
o   Dar seguimiento al cronograma de  implementación de acciones correctivas, tanto de adecuación como de efectividad y eficiencia, en cumplimiento a lo establecido en el Articulo No.19, del Reglamento de Aplicación  No. 491-07.













Conclusión

Después de ver conceptos, características, competencia, funciones, de la Contraloría General de la República. Hemos aprendido sobre, como La Contraloría General de la República es una dependencia de la Presidencia de la República. Su base legal está consignada en la Ley de Contabilidad No. 3894, de fecha 9 de agosto de 1954, y en la Ley No. 54, del 13 de noviembre de 1970.
La función de control que compete a esta Institución se efectúa mediante la realización de auditorías especiales y revisiones de los registros de contabilidad de las entidades y organismos del Gobierno central, ayuntamientos, entidades descentralizadas y autónomas, y de cualquier persona física o jurídica que administre o maneje fondos y bienes públicos.









Bibliografía

·       Ley 10-07 de la Contraloría General de la República.
·       Monografías.
·       www.contraloria.gov.do
·       Decreto No. 491-07 que aprueba el Reglamento de Aplicación de la Ley No. 10-07.






viernes, 15 de julio de 2016

Contabilidad Gubernamental (Tarea )

Introducción

Esta tarea a presentar está basada en diferentes temas uno de ellos es la contabilidad gubernamental, ésta la podemos definir como el método que investiga sistemáticamente las operaciones que ejecuta las dependencias y entidades de la administración pública, además proporciona información financiera, presupuestal, programática y económica contable, completa y de manera oportuna para apoyar las decisiones de los funcionarios de las entidades públicas, en sus distintos ámbitos y fases del proceso productivo.

Por otra parte también le hablare de la auditoria gubernamental que no es más que el mejor medio para verificar que la gestión pública se haya realizado con economía, eficiencia, eficacia y transparencia, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

También serán abarcados otros temas los cuales veremos en el desarrollo de este reporte.





















Objetivo General

ü Investigar y comprender todo lo relacionado a la contabilidad y auditoría gubernamental.

Objetivos específicos

ü Definir la auditoria gubernamental
ü Resaltar algunas atribuciones de la dirección general de contabilidad gubernamental.
ü Investigar sobre Fundamento legal básico de la auditoría gubernamental.
ü Describir la cámara de cuentas como órgano de auditoria gubernamental
ü Detallar los requerimientos para poder desempeñar la función de Director General o Subdirector de Presupuesto.












1.      Mencione tres atribuciones de la dirección general de contabilidad gubernamental

1-      Dictar las normas de contabilidad y los procedimientos específicos que considere necesarios para el adecuado funcionamiento del sistema de contabilidad.
1-
2-      Asesorar y asistir técnicamente en la implantación de las normas, procedimientos y sistemas de contabilidad que establezca.

3-      Llevar la contabilidad general del gobierno central y elaborar los estados financieros correspondientes, realizando las operaciones de apertura, ajuste y cierre de la misma.


2.      Describa  Fundamento legal básico de la auditoría gubernamental.

La Auditoría Gubernamental es el mejor medio para verificar que la gestión pública se haya realizado con economía, eficiencia, eficacia y transparencia, de conformidad con las disposiciones legales aplicables. Es la revisión y examen que llevan a cabo las entidades fiscalizadoras superiores a las operaciones de diferente naturaleza, que realizan las dependencias y entidades del gobierno central, estatal y municipal en el cumplimiento de sus atribuciones legales.

Este manual tiene su fundamento la Ley No. 10-04 de la Cámara de Cuentas de la Republica Dominicana. En el artículo 31 y 38.
Donde se explica  en el art. 30  que  ̎La Cámara de Cuentas realizara el control externo mediante auditorias financieras y de gestión, estudios e investigaciones especiales, debiendo los servidores especiales responsables de su ejecución, en todos los niveles jerárquicos, cumplir leyes, disposiciones reglamentarias y normativas aplicables y el Código De Ética Del Auditor Gubernamental.̎

También expresa en el art. 31 que las auditorias y estudios antes mencionados deber ser aplicados por profesionales calificados y que cuenten con valores éticos y que a la vez cumplan con las leyes y normas de auditoria gubernamental.

3.      Describa cuatro Funciones y Atribuciones del director General de Presupuesto.

1-      Participar en la formulación de la política fiscal y elaborar la propuesta de la política presupuestaria anual.
2-      Dictar las normas e instructivos técnicos, procedimientos y metodologías para la programación de compromisos, modificaciones presupuestarias y evaluación física y financieros ex post de la ejecución de los presupuestos de los organismos públicos comprendidos en esta Ley.
3-      Analizar y realizar los ajustes y modificaciones de los presupuestos del Gobierno Central, de las Instituciones Descentralizadas Autónomas no Financieras y de las Instituciones Públicas de la Seguridad Social, de acuerdo con las atribuciones que fijen las disposiciones generales de las Leyes anuales de presupuesto y el reglamento de la presente Ley.
4-      Asesorar al Secretario de Estado de Finanzas sobre cualquier tema referido al sistema presupuestario que le sea requerido.

4.      Describa el Órgano que ejercen auditoría gubernamental.

La cámara de cuentas es el órgano superior del sistema nacional de control y auditoria. Tiene facultad para emitir normativas de carácter obligatorio, promover alcanzar la coordinación de los organismos responsables del control y la auditoria de los recursos público.

En la Republica Dominicana la cámara de cuentas es un órgano de control externo de los recursos públicos, de los procesos administrativos y del patrimonio del Estado, tenemos personalidad jurídica instrumental, carácter técnico y autonomía administrativa, operativa y presupuestaria, correspondiente al examen de las cuentas generales y particulares de la República, mediante auditorías, estudios e investigaciones especiales.

5.      Para desempeñar la función de Director General o Subdirector de Presupuesto se requiere:

a)      Ser dominicano y estar en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos.
b)      Poseer título universitario, preferentemente, en las áreas de economía, contabilidad o administración.
c)      Tener experiencia de por lo menos cinco (5) años en funciones de conducción en las áreas de planificación, finanzas públicas o gestión financiera o presupuestaria.
d)      No tener relación alguna contractual con el Estado, como proveedor, contratista de obras, consultor o poseer acciones en empresas con los mismos fines.
e)      No tener relación de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad con su superior jerárquico.












Conclusión

En conclusión en la elaboración de este reporte he obtenido algunos conocimientos con los cuales no contaba, y me sirvió para aprender más sobre lo concerniente a la contabilidad gubernamental. En mi opinión digo que esta tiene una gran importancia ya que es una técnica especializada a raíz de crecimiento y diversificación de las operaciones financieras que realizan los gobiernos, el monto de los presupuestos públicos, la variedad y cuantía de los intereses económicos, que se manejan en los diferentes estamentos de la administración pública. Y que también la contabilidad gubernamental trabaja con el fin de facilitar el adecuado control fiscal sobre los bienes de la nación y sobre las operaciones que con ellos se efectúan.


sábado, 9 de julio de 2016

La planeación y el presupuesto público (Sistema de Contabilidad Gubernamental tarea 2)

Introducción

Este reporte está basado sobre el tema de la planeación y el presupuesto público.
Elaborar un presupuesto, es una actividad muy importante dentro de las organizaciones, y para elaborarlo es conveniente que se pueda tomar en cuenta los siguientes factores; ventajas que ofrecen, limitaciones que se presentan al elaborar un presupuesto, diferencias entre un presupuesto público y privado, períodos y subperíodos presupuestarios, elementos del presupuesto, duración de los períodos del presupuesto, y que es un presupuesto maestro
Debemos saber que los Presupuestos Públicos se elaboran con base en la idea de control de gastos, se hace primero una estimación de los gastos que se han de originar debido a necesidades pública y después se planea la forma de cubrirlas, estudiando la aplicación de ingresos que se recaben de los impuestos, obtención de empréstitos y la emisión de papel moneda que ocasionaría inflación.














Objetivo General

ü Comprender y analizar la planeación y el presupuesto público y su importancia.

Objetivos específicos

ü Aprender el concepto de presupuesto.
ü Analizar la importancia y la composición del presupuesto.
ü Detallar las deferentes generalidades de una planeación.
ü Indagar sobre el plan Nacional desarrollo de la República Dominicana.
ü Describir el Sistema Presupuestal Dominicano.













Desarrollo del Tema.
La planeación y el presupuesto público.
2.1- Generalidades básicas de la planeación, y la ejecución del presupuesto público.
La planeación es el proceso por el cual se plantean unos objetivos para ser cumplidos en un tiempo determinado. La planeación es importante porque nos sirve de base para las demás funciones, reduce la Incertidumbre, genera compromiso y motivación.
Existen diferentes herramientas y técnicas para abordar la planificación de un proyecto, las cuales permiten definir el curso de acción a seguir, que será tomado como base durante la ejecución del mismo.
La planificación es un proceso de toma de decisiones para alcanzar un futuro deseado, teniendo en cuenta la situación actual y los factores internos y externos que pueden influir en el logro de los objetivos.
Dado que la mayor parte de las veces puede tratarse de un proceso en la toma de decisiones, se pueden distinguir varias etapas dentro de la planificación:
·         Identificación del problema.
·         Desarrollo de alternativas.
·         Elección de la alternativa más conveniente.
·         Ejecución del plan.
·         Toma de decisiones.
2.2- Concepto del plan Nacional desarrollo de la República Dominicana.
Es un instrumento gerencial normativo de largo plazo en el que se definen los propósitos, la estrategia general y las principales políticas del desarrollo nacional, así como los programas de corto y mediano pazo que deben elaborarse para atender las prioridades sociales, económicas y sectoriales de la nación.
Se adopta como el fundamento conceptual de las políticas públicas que se aplicaran durante el periodo de vigencia de la Estrategia Nacional de desarrollo y de su puesta en operación mediante los instrumentos del Sistema Nacional de Planificación e Inversión Pública. El periodo de vigencia de la Estrategia Nacional de Desarrollo es de veinte años a partir de ña fecha de proclamación de la ley. Esta estrategia tendrá un carácter indicativo para el sector privado y mandatorio para el ámbito de acción de sector público.
Impulsar una Estrategia de Desarrollo con una visión de 20 años que permita transitar el camino hacia el país por todos y todas deseado requiere, como requisito indispensable, la unidad de todas las voluntades nacionales para apoyar su puesta en ejecución. Por ello la concertación es indispensable: todos los dominicanos y dominicanas tenemos que estar de acuerdo en qué país queremos lograr para 2030, cuáles son los principales obstáculos para su consecución y, consecuentemente, cuales son las líneas de acción más idóneas para remover esos obstáculos y lograr un país mejor.

2.3-Sistema Presupuestal Dominicano.
El actual sistema presupuestario de la República Dominicana es el resultado de un proceso de evolución histórica en el que se pueden identificar varias etapas bien diferenciadas.
El proceso presupuestario se inicia formalmente en la República Dominicana, con la creación de la Oficina de Presupuesto, a partir de los trabajos realizados por la Misión Dawes de los EEUU, con representantes del país, los cuales concluyeron con la promulgación de la Ley de Presupuesto 1111, del 1ro. De mayo de 1929, la cual se limitaba a clasificar los Ingresos Fiscales en Fondo General, diferentes Fondos Especiales y en Fondos en Custodia, así como a clasificar los Gastos del Gobierno en distintos Capítulos.
El sistema presupuestal dominicano tiene como misión Formular, programar, asignar y evaluar con transparencia y eficiencia los recursos presupuestarios del Sector Público, dando cumplimiento a lo que establece la Constitución de la República, su Ley Orgánica y otras disposiciones vigentes en esta materia. La Misión comprende también, la aplicación de la política fiscal en materia presupuestaria, contribuyendo de esta forma, al logro de los objetivos contenidos en los planes de desarrollo económico y social del Gobierno, enmarcados dentro de las Políticas Públicas del Estado.
El Sistema Presupuestario Dominicano, contiene tres componentes fundamentales, los Ingresos, los Gastos y el Financiamiento. El primero de ellos se refriere a las estimaciones de los recursos que el Estado espera percibir o recaudar, el segundo, a la utilización de estos Ingresos para cubrir diversos conceptos, y el último, representa los recursos, que en términos netos, han sido necesarios para completar los requerimientos de disponibilidades financieras, constituidas por los desembolsos de la Deuda Pública, interna y externa (préstamos, bonos, letras, facilidades crediticias y otros pasivos) y las Aplicaciones Financieras (amortizaciones de capital, redención de bonos, letras y otros pasivos).

Las estadísticas de estos Ingresos, Gastos y Financiamientos, correspondientes al Período Fiscal del Gobierno, el cual se inicia el primero de enero y concluye el 31 de diciembre de cada año, son registradas, clasificadas y ordenadas dentro de un Sistema Integrado de Administración Financiera del Estado (SIAFE), el cual utiliza como herramienta fundamental, al Sistema de Información de la Gestión Financiera (SIGEF), compatible con los registros contables que se realizan paralelamente dentro del mismo.
Estos Sistemas aportan los datos necesarios para los análisis, evaluaciones y toma de decisiones por parte de las autoridades, en materias presupuestarias, utilizando diversas clasificaciones para estas informaciones estadísticas.

2.4-Estructura del presupuesto público.
El gasto del presupuesto público se destina al cumplimiento de las funciones del Estado a través de programas que proveen bienes y servicios públicos a la población, y se puede clasificar de acuerdo a: su naturaleza económica, resultados en la población, áreas de intervención, lugar en donde se destina el gasto y por ejecutor de los recursos.
La Dirección General de Presupuesto es el órgano rector del Sistema de Presupuesto y dependerá del Ministerio de Hacienda.

Está a cargo de un Director General, el cual es asistido por un Subdirector. Ambos funcionarios son designados por el Poder Ejecutivo a sugerencia del Ministerio de Hacienda.
2.5-Conformación del sistema presupuestal del Estado Dominicano.
Se consideran parte integrante del Sistema de Presupuesto y son responsables del cumplimiento de esta Ley, su reglamentación y las normas técnicas que emita la Dirección General de Presupuesto.
Los funcionarios responsables de los organismos cuyos presupuestos son regidos por esta Ley, estarán obligados a suministrar, en tiempo y forma, las informaciones que requiera para el cumplimiento de sus funciones la Dirección General de Presupuesto, conforme lo establezca el reglamento de aplicación de esta Ley; así como cumplir las resoluciones e instrucciones que emanen de ellas, en sus respectivos campos de competencia.
2.6-Principios Presupuestales
El Presupuesto General de la Universidad se estructurará con arreglo a los siguientes principios: Planificación, Descentralización, Programación Integral, Anualidad, Universalidad, Unidad de Caja, y Especialización.
·         PLANIFICACIÓN. El Presupuesto General de la Universidad deberá guardar concordancia con los contenidos del Plan de Desarrollo Institucional, del Plan Financiero, y del Plan Operativo Anual de Inversiones.
·         DESCENTRALIZACIÓN. Los ordenadores de gasto de las distintas unidades ejecutoras participarán en la planeación, elaboración, financiación, ejecución y administración del presupuesto general de la universidad. Serán ordenadores del gasto por delegación del Rector.
·         PROGRAMACIÓN INTEGRAL. Todos los Proyectos de Inversión deberán contemplar simultáneamente los gastos de inversión y de funcionamiento que las exigencias técnicas y administrativas demanden como necesarios para su ejecución y operación, de conformidad con los procedimientos y normas legales vigentes.
·         ANUALIDAD. El año fiscal comenzará el 11 de enero y terminará el 31 de diciembre de cada año. Después de esta fecha no podrán asumirse compromisos con cargo a las apropiaciones del año fiscal que se cierra, y los saldos de apropiación no afectados caducarán sin excepción.
·         UNIVERSALIDAD. Los ingresos incluirán el total de los aportes, las rentas propias, y los recursos de capital, que se esperan recibir o se reciban durante el año fiscal, sin deducción alguna. El presupuesto contendrá la totalidad de los gastos que se estimen realizar durante la vigencia fiscal respectiva. Ningún ordenador podrá efectuar gastos, erogaciones con cargo al Tesoro, o transferir crédito alguno, si no figuran en el presupuesto.
·         UNIDAD DE CAJA. Con el recaudo de los aportes, de las rentas, y de los recursos de capital, se atenderá la situación de fondos de las unidades ejecutoras, para el pago oportuno de las apropiaciones autorizadas en el Presupuesto General de la Universidad.
·         ESPECIALIZACIÓN. Las apropiaciones deberán referirse en cada programa presupuestal a su objeto y funciones, y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.
2.7.-Ejecucion presupuestal.
La ejecución presupuestal es poner en ejecución todas esas actividades u obras contempladas en el presupuesto, de modo de ejecutarlo todo o sea invertirlo todo tal y como se había planeado, o sea logrando los objetivos proyectados para alcanzar las metas propuestas.
Si el presupuesto no se ejecuta en su totalidad, esto se achaca siempre a negligencia, desidia e ineficiencia y significa que se dejaron de realizar obras, no se lograron todos los objetivos ni se alcanzaron las metas. Pero ejecutar el presupuesto en su totalidad tampoco significa el éxito en todo porque los costos pueden haber variado con el paso de los días y el dinero presupuestado no alcanzó o porque las obras se complicaron más de lo previsto por causas naturales y otras y se consumió el presupuesto sin lograr realizarlas en la forma prevista. Pero cuando menos se realizó la ejecución presupuestal y a la institución o empresa no se le puede achacar negligencia.

2.8.-Relacion del presupuesto con la contabilidad pública.
Las transacciones presupuestarias y contables generarán el registro automático y por única vez de los mismos en los momentos contables correspondientes.




Conclusión

En conclusión este tema es de mucha importancia ya Este tema es muy importante dentro de las organizaciones, y es por ello, que estaremos abordando el estudio de cada uno estos factores a lo largo de este trabajo. Se espera que sea de gran importancia e interés para quienes tengan la oportunidad de estudiar este tema.

Los presupuestos también pueden presentar muchas limitaciones; entre ellas que, están basados en estimaciones, deben ser adaptados constantemente a cambios importantes que surjan, su ejecución no es automática. Otras limitaciones que pueden percibirse es que puede existir la incapacidad de la dirección para comprender su sistema, que los directivos se preocupan por el detalle o tratan de controlar los factores equivocados, La falta de respaldo por parte de la dirección al sistema presupuestal.