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Contabilidad Gubernamental (Tarea )

Introducción Esta tarea a presentar está basada en diferentes temas uno de ellos es la contabilidad gubernamental, ésta la podemos defi...

domingo, 17 de julio de 2016

Sistema de contabilidad gubernamental (tarea 4)


Introducción

Este reporte está basado en su gran esencia en la Ley 10-07. Este tema es importante, ya que permite conocer más información sobre una de los pilares en las auditorías a las instituciones del sector público, como lo es la Contraloría General de la República Dominicana. Este tema es importante tomando en cuenta que la Ley No. 10-07 que instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloría General de la República y el Decreto No. 491-07 que aprueba el Reglamento de Aplicación de la Ley No. 10-07.

También se hablara del proceso de auditoria, este procedimiento realizado a través de la Ley No. 10-07 que instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloría General de la República. Y que nos ayuda a saber si dichos fondos del Estados, las instituciones públicas, le están dando un buen uso y no son usados para beneficios propios o de particulares.



















Objetivo General

ü Analizar la estructura y composición de la Ley 10-07 y los aportes a la Auditoría interna y la Contraloría General de la República Dominicana.

Objetivos específicos

ü Definir control interno sobre el sistema de la Contabilidad Gubernamental
ü Resaltar algunas atribuciones del  control interno.
ü Investigar sobre Fundamento legal básico para llevar a cabo una auditoria interna.
ü Identificar los principios y componentes del proceso de control interno que se aplica al sistema de Contabilidad Gubernamental, según la ley 10-07.
ü Explica el proceso de auditoría interna aplicado a la Ley 10-07.






TEMA IV:

Investigación en la Ley 10-07 sobre Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloría General de la República acerca del proceso que se aplica al sistema de control interno de la contabilidad Gubernamental .Redactar síntesis.

La Contraloría General de la República Dominicana, es una dependencia del Poder Ejecutivo de la Presidencia de la República Dominicana, organismo en el año 1929, con la finalidad de ejercer la fiscalización interna y la evaluación del debido recaudo, manejo, uso e inversión de los recursos públicos; autorizamos las órdenes de pago, previa comprobación del cumplimiento de los trámites legales y administrativos, de las instituciones bajo nuestro ámbito, de conformidad con la ley, tal como lo establece el artículo 247 de la Constitución Dominicana.

Algunas funciones que desempeña la contraloría de nuestra republica  son las siguientes:
·        Definir, emitir y desarrollar los principios rectores del Sistema Nacional de Control Interno.
·        Dictar las Normas de Control Interno.
·        Fijar los plazos y condiciones, si fuere el caso, para que las entidades y organismos, bajo el ámbito de esta ley, elaboren las normas secundarias de Control Interno.
·        Efectuar el seguimiento y control de calidad de las labores de Auditoría Interna.
·        Evaluar periódicamente la calidad técnica de los procedimientos y procesos ejecutados por las Unidades de la Auditoría Interna.
·        Realizar investigaciones administrativas.


La Ley No. 10-07 que instituye el Sistema Nacional de Control Interno y de la Contraloría General de la República. Y que nos ayuda a saber si dichos fondos del Estados, las instituciones públicas, le están dando un buen uso y no son usados para beneficios propios o de particulares. La presente ley tiene por finalidad instituir el Sistema Nacional de Control Interno, su rectoría y componentes; establecer las atribuciones y facultades de la Contraloría General de la República; regular el control interno de los fondos y recursos públicos y de la gestión pública institucional y su interrelación con la responsabilidad por la función pública, el control externo, el control político y el control social; y, señalar las atribuciones y deberes institucionales en la materia.
El Sistema Nacional de Control de la República Dominicana descansa en la actualidad en dos pilares fundamentales: Control Externo y Control Interno, teniendo el primero como organismo ejecutor a la Cámara de Cuentas y, el segundo, a la Contraloría General de la República. Esta rige para las siguientes entidades:
Ø  El gobierno central: estas deberán Establecer y mantener su propio proceso de control interno, Rendir cuenta a la entidad u organismo público que corresponda de acuerdo a su naturaleza y actividades, Suministrar a la Contraloría General de la República los informes financieros y Proporcionar a la Contraloría General de la República las explicaciones que les solicite y permitirle las inspecciones sobre la participación estatal, recursos, privilegios o vinculación contractual.
Ø
Ø  instituciones descentralizadas,
Ø  instituciones públicas de la seguridad social,
Ø  empresas que tienen participación estatal mayoritaria
Ø  ayuntamientos de municipios y del Distrito Nacional.
 Las entidades financieras, cualquiera sea la participación estatal en su capital y que están bajo la vigilancia de la Superintendencia de Bancos, la rectoría del control interno, la evaluación de su efectividad y demás aspectos de control regulados en esta ley le corresponden a dicha Superintendencia.

La Contraloría General de la República es el órgano rector del Sistema Nacional de Control Interno contemplado en esta ley y a esos fines, las disposiciones, normas, políticas, y directrices que ella dicte dentro del ámbito de su competencia, son de acatamiento obligatorio y prevalecerán sobre cualesquiera otras disposiciones de las entidades y organismos bajo el ámbito de esta ley que se le opongan.
Los órganos del Sistema Nacional de Control
Interno son:
1. La Contraloría General de la República.
2. Las entidades y organismos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta ley.
3. Las Unidades de Auditoría Interna de cada entidad u organismo sujeto al ámbito de esta ley.

La Contraloría General de la República es un organismo del Poder Ejecutivo, rector del control interno. Ejerce la fiscalización interna y evaluación del debido recaudo, manejo, uso e inversión de los recursos públicos por las entidades y organismos bajo el ámbito de esta ley, en función del logro de los objetivos institucionales y de los planes y programas de gobierno y del cumplimiento del mandato constitucional a dicho Poder.

2- Descripción acerca de los pasos a desarrollar para realizar auditoría interna en el Sistema de Contabilidad Gubernamental, amparado en la ley 10-07.
La Auditoría Interna es parte integral del control interno y será practicada por personal profesional interdisciplinario de una unidad técnica especializada e independiente de las operaciones que audita, que se establecerá en cada entidad u organismo bajo el ámbito de esta ley y bajo la responsabilidad de un director de la unidad.
 Para regular el funcionamiento del Sistema Nacional de Control y Auditoría, el órgano superior de control, en lo relativo al control externo, emitirá con carácter obligatorio:

1) Políticas de auditoría externa que sirvan de guía general para las actividades que se realicen en el ámbito de aplicación de esta ley;
2) Normas y guías técnicas de auditoría externa gubernamental que especificarán requisitos generales y personales del auditor, naturaleza, características, amplitud, calidad de los procesos de planificación y ejecución, y la presentación, contenido y trámite de los informes;
3) Reglamentos, manuales, instructivos y demás disposiciones necesarios para la aplicación de esta ley;
4) Normativas para evaluar la calidad de los controles internos institucionales y su grado de aplicación.
El Director de Auditorias Especiales tiene a su cargo realizar una actividad independiente y objetiva de aseguramiento y consulta, que agregue valor y mejore las operaciones de las diferentes instituciones del Estado Dominicano, mediante la evaluación y mejora de los procesos de gestión de riesgos, control y gobernabilidad.
  Para lograr las metas  y objetivos establecidos  por  la institución. Esto incluye:
o   Evaluar el Sistema de Control Interno en sus cinco componentes: Ambiente de  Control, valoración  y Administración  de Riesgos, Actividades de Control, Información y Comunicación y Monitoreo y  Evaluación.
o   Aplicar pruebas sustantivas  para determinar  la confiabilidad e integridad de la información financiera y operacional y las técnicas a  utilizar  para identificar, medir, clasificar y reportar tales informaciones
o   Revisar los sistemas establecidos para asegurar el cumplimiento con las políticas, normas, planes, procedimientos, leyes y regulaciones que podrían tener impacto en operaciones y reportes.
o   Revisar los medios de salvaguardar los activos y  verificar la existencia, ubicación y condiciones de los mismos.
o   Revisar los mecanismos de prevención de pérdidas operacionales, fraudes e irregularidades.
o   Revisar y valorar la economía, eficiencia y eficacia de los recursos  utilizados por la institución para  alcanzar sus metas y objetivos.
o   Revisar y evaluar  las operaciones, actividades y   proyectos para comprobar si los resultados son consistentes o están alineados con los objetivos y metas institucionales.
o   Revisar operaciones específicas a solicitud del Contralor General de la República.
o   Monitorear y evaluar la efectividad del sistema de administración del riesgo de la Institución.
o   Ofrecer asesoría a las diferentes instituciones del Estado Dominicano en cuanto a la eficiencia y eficacia de sus procesos internos.
o   Recomendar mejoras a políticas, normas y procedimientos  del sistema de control interno  como producto de las  evaluaciones  realizadas.
o   Dar seguimiento al cronograma de  implementación de acciones correctivas, tanto de adecuación como de efectividad y eficiencia, en cumplimiento a lo establecido en el Articulo No.19, del Reglamento de Aplicación  No. 491-07.













Conclusión

Después de ver conceptos, características, competencia, funciones, de la Contraloría General de la República. Hemos aprendido sobre, como La Contraloría General de la República es una dependencia de la Presidencia de la República. Su base legal está consignada en la Ley de Contabilidad No. 3894, de fecha 9 de agosto de 1954, y en la Ley No. 54, del 13 de noviembre de 1970.
La función de control que compete a esta Institución se efectúa mediante la realización de auditorías especiales y revisiones de los registros de contabilidad de las entidades y organismos del Gobierno central, ayuntamientos, entidades descentralizadas y autónomas, y de cualquier persona física o jurídica que administre o maneje fondos y bienes públicos.









Bibliografía

·       Ley 10-07 de la Contraloría General de la República.
·       Monografías.
·       www.contraloria.gov.do
·       Decreto No. 491-07 que aprueba el Reglamento de Aplicación de la Ley No. 10-07.






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